Haciendo una donación a Amics de Can Ruti, contarás con ventajas fiscales en la declaración de la renta o el impuesto de sociedades.
Si eres una persona física:
- Las donaciones de hasta 250€ al año pueden deducirse hasta el 80% del importe dado.
- Las donaciones de más de 250€ pueden deducirse el 80% de los primeros 250€ y el 40% del resto.
- En caso de que hagas donaciones en una misma entidad durante más de 3 años de manera consecutiva y el importe sea igual o superior a los años anteriores podrás disfrutar del 45% de deducción en lugar del 40%.
Si eres una persona física con residencia fiscal en Cataluña, puedes aplicar una deducción adicional del 30% del importe de tu donación en la cuota autonómica del IRPF, con el límite del 10% de la cuota íntegra autonómica, de acuerdo con el artículo 69.1 de la Ley 35/2006 del IRPF.
Si eres una empresa:
- La deducción es del 40% sobre el impuesto de sociedades sea cual sea la cantidad aportada a Amigos de Can Ruti y del 50% si has hecho donaciones en los tres años anteriores.
*El importe deducible no puede superar el 15% de la base imponible, de acuerdo con el artículo 20.2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Antes de realizar tu declaración de IRPF, recibirás el certificado que acreditará tu donación a Amics de Can Ruti que también aparecerá en el borrador de la declaración (la primera vez que se hace una donación podría ser que ésta no apareciera).